Llevar camara ON-BOARD 500 euros de multa

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M.A.
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Re: Llevar camara ON-BOARD 500 euros de multa

Mensaje por M.A. »

Hola a todos.Lo primero, decir que soy usuario de una de esas cámaras y, en principio, seguiré siéndolo, porque como remarca en negrita la noticia, faltan datos para saber que es lo que ocurrió en aquel control. Este es uno de los motivos por lo cual hay que coger estas noticias “con pinzas”, ya que muchas veces se sacan de contexto. Como pequeño ejemplo, la semana pasada, en la parada de una rutilla, alguien comentó que a un familiar le habían denunciado por montar en la lata un neumático equivalente no figurando esa medida en la tarjeta de itv. Llegamos a hablar con el denunciado y este estaba convencido de que la denuncia era injusta porque en el taller de ruedas habían calculado las medidas y eran equivalentes a las que montaba. Hicimos el cálculo y realmente eran equivalentes con el neumático que había sustituido. Pero no habían caído en la cuenta de que el vehiculo ya montaba una de las medidas equivalentes e hicieron el calculo con esta ultima en lugar de con la original. Total, denuncia correcta. Con esta chapa no quiero decir que no haya existido la denuncia, porque si Chonu asegura que es cierta, seguro que existe. Me parece interesante el enlace que pone Javichu. Una persona que dice ser abogado, que no quiere decir que lo sea, hace referencia al ámbito de aplicación de la ley y en el se lee que se refiere a los datos de carácter personal incluidos en ficheros organizados susceptibles de ser tratados:“Artículo 3 DefinicionesA los efectos de la presente Ley Orgánica se entenderá por: a) Datos de carácter personal: cualquier información concerniente a personas físicas identificadas o identificables. b) Fichero: todo conjunto organizado de datos de carácter personal, cualquiera que fuere la forma o modalidad de su creación, almacenamiento, organización y acceso.…. “No teniendo mas datos, en mi opinión, seria estirar mucho la goma.... Podemos estar de acuerdo o no con las denuncias, pero la GC no denuncia “por la cara”. Es por esto que creo que han debido de mediar otras circunstancias.En cuanto a lo que comenta FERNANDO.VS sobre los intercomunicadores y la sentencia de un juzgado de Zaragoza, si no ha habido más novedades, no crea jurisprudencia. Por lo tanto, hasta la siguiente reforma del RGC y según como lo redacten, te pueden seguir denunciando por el uso de los intercomunicadores. :vss :vss


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FERNANDO.VS
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Re: Llevar camara ON-BOARD 500 euros de multa

Mensaje por FERNANDO.VS »

M.A. escribió:En cuanto a lo que comenta FERNANDO.VS sobre los intercomunicadores y la sentencia de un juzgado de Zaragoza, si no ha habido más novedades, no crea jurisprudencia. Por lo tanto, hasta la siguiente reforma del RGC y según como lo redacten, te pueden seguir denunciando por el uso de los intercomunicadores. :vss :vss
En efecto no crea jurisprudencia una sola resolución judicial, desconozco si ha habido más, recuerdo esa porque creo que fue la primera. Pero los TSJ así como las AP van creando la jurisprudencia menor que finalmente se verá refrendada o no por el Supremo.El ejemplo viene porque ese fue el comienzo para el tema de los intercomunicadores, cuando un juez ya falla a favor es muy probable que vayamos a tener más sentencias en ese sentido.Por otro lado, digo lo mismo, cada vez que viajo, ocho de cada diez motos de las que vamos en grupo llevamos intercomunicadores para escuchar música, hablar con el pasajero etc. Y hay veces que nos para la GC y nunca nos han dicho nada de los intercomunicadores y no es que no se vean, que precisamente discretos los aparatos no son.¿Nos buscan las vueltas con los radares para recaudar y tienes a un montón de moteros con intercomunicadores a los que multar y los dejas ir sin decirles ni "pío"? ¿Y eso todos los días por todo el territorio nacional? No se, me genera demasiadas dudas.La ley se ha quedado "coja" al definir y ante la duda procede fallar a favor nuestro (hablo de los moteros).Otra cosa es que te veas metido en lo tedioso de recurrir para un particular pero estoy convencido que el recurso saldría adelante.Saludos.


M.A.
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Re: Llevar camara ON-BOARD 500 euros de multa

Mensaje por M.A. »

FERNANDO.VS escribió:El ejemplo viene porque ese fue el comienzo para el tema de los intercomunicadores, cuando un juez ya falla a favor es muy probable que vayamos a tener más sentencias en ese sentido.
Lo mismo que las habra en sentido contrario. Pero como bien apuntas, hasta que una Ap o un TSJ no dicte sentencia a favor, siguen las cosas como antes.
FERNANDO.VS escribió:Por otro lado, digo lo mismo, cada vez que viajo, ocho de cada diez motos de las que vamos en grupo llevamos intercomunicadores para escuchar música, hablar con el pasajero etc. Y hay veces que nos para la GC y nunca nos han dicho nada de los intercomunicadores y no es que no se vean, que precisamente discretos los aparatos no son.
El que no te denuncien, no quiere decir que este permitido. Desconozco si tienen instrucciones de no denunciarlos dada, la en teoría, pronta modificación del RGC. Pero si coges el Texto Articulado y no tienen en cuenta la acepción de "casco o auricular" del DRAE, tienes un problema. Desgraciadamente habra alguna forero que lo pueda confirmar.
FERNANDO.VS escribió:¿Nos buscan las vueltas con los radares para recaudar y tienes a un montón de moteros con intercomunicadores a los que multar y los dejas ir sin decirles ni "pío"? ¿Y eso todos los días por todo el territorio nacional? No se, me genera demasiadas dudas.
Podemos estar mas de acuerdo o menos con los limites de velocidad, pero una cosa esta clara, esta en nuestras manos el que no recauden. Si cumplimos con los limites de velocidad, no recaudan.
FERNANDO.VS escribió:La ley se ha quedado "coja" al definir y ante la duda procede fallar a favor nuestro (hablo de los moteros).
Estoy de acuerdo en que esta coja. El problema es que, a pesar de los años que se llevan redactando leyes, todavía dan pie a interpretaciones y no siempre nos da la razón.
FERNANDO.VS escribió:Otra cosa es que te veas metido en lo tedioso de recurrir para un particular pero estoy convencido que el recurso saldría adelante.
Yo añadiría costoso. De ello se aprovecha la administración y la mayoría de las veces se prefiere pagar 100€ a que, por culpa de una interpretación te salga mucho mas caro. :vss :vss


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FERNANDO.VS
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Re: Llevar camara ON-BOARD 500 euros de multa

Mensaje por FERNANDO.VS »

El que no denuncien no nos dice que esté permitido, pero es un indicador dada la política, recaudadora en mi opinión, que existe.Normalmente en los asuntos en los que la norma es ambigua y existe duda se suele fallar a favor del denunciado. No es que siempre sea así pero es lo habitual.Si algún día me denuncian por llevar intercomunicador en la moto yo sí recurriré y espero que prospere.Saludos.


M.A.
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Re: Llevar camara ON-BOARD 500 euros de multa

Mensaje por M.A. »

FERNANDO.VS escribió:El que no denuncien no nos dice que esté permitido, pero es un indicador dada la política, recaudadora en mi opinión, que existe.Normalmente en los asuntos en los que la norma es ambigua y existe duda se suele fallar a favor del denunciado. No es que siempre sea así pero es lo habitual.Si algún día me denuncian por llevar intercomunicador en la moto yo sí recurriré y espero que prospere.Saludos.
Yo tambien uso intercomunicadores y ojala no nos veamos en la situación de tener que valorar pagar o recurrir. :vss :vss


M.A.
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Re: Llevar camara ON-BOARD 500 euros de multa

Mensaje por M.A. »

Acabo de ver que nos va asalir mas barato ir a juiciohttp://www.elcorreo.com/bizkaia/politica/20150 ... 19-rc.html" onclick="window.open(this.href);return false; :vss :vss


M.A.
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Re: Llevar camara ON-BOARD 500 euros de multa

Mensaje por M.A. »

chonu escribió:Joder, y ha esta noticia si le dais veracidad?
Sera electoralista, ya que parece que lo han dejado como estaba antes.Volviendo al tema, esta persona debería haber aportado mas datos o alguna prueba de lo que afirma, ya que las sanciones por infracciones leves a la LOPD empiezan a partir de 900€, por lo tanto no se de donde viene la cantidad de 500€. Como es algo que me puede afectar y esta tarde no tenia nada mejor que hacer, he estado buscando información y especulando un poco, esto puede encajar en una infracción leve a la LOSC que sanciona con la cantidad de 100 a 600€:"-La práctica de juegos o de actividades deportivas en espacios públicos no habilitados para ello, cuando exista un riesgo de que se ocasionen daños a las personas o a los bienes."Esto encajaría si fuese la típica grabación de alguien que va haciendo "el cabra" y se encuentra con un control de trafico.Como he dicho, es especular, pero con los datos que aporta, hay bastantes cosas que no encajan. :vss :vss


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Re: Llevar camara ON-BOARD 500 euros de multa

Mensaje por bartolo »

chonu escribió:
M.A. escribió:Acabo de ver que nos va asalir mas barato ir a juiciohttp://www.elcorreo.com/bizkaia/politica/20150 ... 19-rc.html" onclick="window.open(this.href);return false; :vss :vss
Joder, y ha esta noticia si le dais veracidad?
Lo dijeron también en el telediario.Lo que pasa es que luego vendrán las puntualizaciones, los requisitos que debes cumplir, etc, y todo quedará en agua de borrajas.


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Re: Llevar camara ON-BOARD 500 euros de multa

Mensaje por fleky65 »

http://expediciontrail.com/2015/02/25/e ... as-go-pro/" onclick="window.open(this.href);return false;


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Re: Llevar camara ON-BOARD 500 euros de multa

Mensaje por Papaberny »

GüenaasSin ser abogado pero unas cuantas ganas de polemizar he visto el hilo y buscando en la Ley de Protección de Datos deja muy clarito que NO, no podemos grabar.No entro en lo justo, injusto, terrenal o divino de la ley pero dice claramente que Las cámaras y videocámaras instaladas en espacios privados no podrán obtener imágenes de espacios públicos salvo que resulte imprescindible para la finalidad de vigilancia que se pretende, o resulte imposible evitarlo por razón de la ubicación de aquéllas.Después de esto podemos utilizarlas o no pero es lo que hay.Salu2


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Re: Llevar camara ON-BOARD 500 euros de multa

Mensaje por pedrobasi »

Lo pone muy claro, OJO a lo destacado:
Papaberny escribió:GüenaasSin ser abogado pero unas cuantas ganas de polemizar he visto el hilo y buscando en la Ley de Protección de Datos deja muy clarito que NO, no podemos grabar.No entro en lo justo, injusto, terrenal o divino de la ley pero dice claramente que Las cámaras y videocámaras instaladas en espacios privados no podrán obtener imágenes de espacios públicos salvo que resulte imprescindible para la finalidad de vigilancia que se pretende, o resulte imposible evitarlo por razón de la ubicación de aquéllas.Después de esto podemos utilizarlas o no pero es lo que hay.Salu2
Tu camara domestica (no tu camara de vigilancia de la alarma de tu casa, por ejemplo), este o no en un espacio publico o privado, no tiene ninguna prohibición, porque como se dice en otros articulos, esas camaras y esos videos estan fuera del ambito de la LOPD.


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Re: Llevar camara ON-BOARD 500 euros de multa

Mensaje por FERNAN »

Pero entonces se puede o no se puede?


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Re: Llevar camara ON-BOARD 500 euros de multa

Mensaje por nando »

chonu escribió:Se puede grabar si el uso es para ti exclusivamente, si vas a grabar para colgarlo en la red, tienes que:1º pedir permiso de forma inequívoca a todos los que salgan en el video y explicarles que tienen derecho a rectificación, cancelación y/o oposición de su imagen.2º informar a la AEPD de la existencia del fichero y de su uso.
Y si nos paran como al de Asturias y nos quieren denunciar, que podemos hacer


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Re: Llevar camara ON-BOARD 500 euros de multa

Mensaje por nando »

Vale, está claro


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Re: Llevar camara ON-BOARD 500 euros de multa

Mensaje por FERNAN »

chonu escribió:Se puede grabar si el uso es para ti exclusivamente, si vas a grabar para colgarlo en la red, tienes que:1º pedir permiso de forma inequívoca a todos los que salgan en el video y explicarles que tienen derecho a rectificación, cancelación y/o oposición de su imagen.2º informar a la AEPD de la existencia del fichero y de su uso.
Asi si que lo entiendo, gracias por la explicacion.


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